Mi ex no me deja ver a mis hijos: qué hacer si incumple el régimen de visitas

Pocas situaciones generan tanta impotencia después de una separación como comprobar que, a pesar de existir una sentencia o un convenio regulador, no puedes ver a tus hijos con normalidad.

Muchos padres y madres creen que, una vez firmado un acuerdo o dictada una resolución judicial, el problema queda resuelto. Sin embargo, la realidad demuestra que no siempre es así.

En ocasiones el incumplimiento es evidente. El progenitor que tiene a los menores en ese momento simplemente no los entrega cuando corresponde.

En otras situaciones el problema aparece de forma progresiva. Primero se suspende una visita por una excusa aparentemente razonable. Después surge una actividad escolar. Más adelante aparece un compromiso familiar. Con el paso del tiempo, lo que parecía algo puntual termina convirtiéndose en una situación habitual que dificulta cada vez más la relación entre el progenitor y sus hijos.

Cuando esto ocurre es normal sentirse frustrado e incluso desorientado. Sin embargo, actuar impulsivamente suele ser un error. Lo importante es entender qué está ocurriendo, cuáles son tus derechos y qué herramientas existen para solucionar el problema.

¿Es legal impedir que un padre o una madre vea a sus hijos?

La respuesta general es no.

Cuando existe una resolución judicial o un convenio regulador aprobado judicialmente, ambas partes están obligadas a cumplirlo.

Esto significa que ninguna de ellas puede decidir unilateralmente modificar los horarios, suspender visitas o impedir la relación con los menores porque considere que es lo mejor o porque exista un conflicto con el otro progenitor.

Existe una idea equivocada bastante frecuente según la cual el progenitor custodio puede decidir cuándo se producen las visitas porque convive habitualmente con los hijos.

No es así.

Las medidas establecidas judicialmente deben respetarse mientras no sean modificadas por acuerdo entre las partes o mediante una nueva resolución judicial.

Esto es especialmente importante porque muchas personas justifican determinados incumplimientos basándose en cuestiones que nada tienen que ver con el régimen de visitas.

Por ejemplo, no es extraño escuchar frases como:

«Como no paga la pensión, no voy a entregarle a los niños.»

O también:

«No estoy de acuerdo con la forma en la que los educa, así que este fin de semana no van a ir.»

Sin embargo, estas decisiones no pueden adoptarse unilateralmente. El incumplimiento de una obligación no autoriza a incumplir otra.

Si necesitas más información sobre la custodia puedes consultar nuestro artículo anterior sobre custodia de los hijos en el divorcio: guía completa para regularla correctamente.

No todos los incumplimientos tienen la misma gravedad

Antes de plantear cualquier actuación conviene distinguir entre un incidente aislado y una conducta reiterada.

La vida familiar está llena de situaciones imprevistas.

Los menores pueden enfermar, pueden surgir circunstancias excepcionales. Incluso pueden producirse cambios puntuales de horario que ambos progenitores acuerden de forma razonable.

Un incumplimiento ocasional y justificado no suele plantear los mismos problemas que una conducta repetida en el tiempo.

La situación cambia cuando las excusas comienzan a convertirse en una constante.

Cuando cada visita exige una negociación.

Cuando los cambios se producen siempre en la misma dirección.

O cuando pasan semanas o meses sin que el régimen de visitas se cumpla con normalidad.

En estos casos ya no estamos ante una incidencia puntual, sino ante una situación que puede afectar seriamente a la relación entre el menor y uno de sus progenitores.

Y es precisamente ahí donde resulta necesario actuar.

Qué hacer desde el primer incumplimiento

Uno de los errores más frecuentes consiste en esperar demasiado tiempo.

Muchas personas confían en que el problema se solucionará por sí solo. Piensan que se trata de una discusión pasajera o que la situación mejorará en las próximas semanas.

A veces ocurre. Pero en muchas ocasiones el conflicto se agrava progresivamente.

Por eso es importante empezar a actuar correctamente desde el primer momento.

Lo primero es mantener la calma.

Puede parecer un consejo poco jurídico, pero es fundamental.

Las discusiones acaloradas, los insultos o los mensajes enviados en un momento de enfado suelen terminar perjudicando más a quien los envía que a quien los recibe.

Lo segundo es conservar todas las pruebas posibles.

Mensajes de WhatsApp.

Correos electrónicos.

Capturas de pantalla.

Cualquier comunicación relacionada con las visitas.

También resulta recomendable anotar fechas, horarios y circunstancias concretas de cada incumplimiento.

Cuando pasan varios meses es habitual que los detalles se confundan. Sin embargo, una cronología bien documentada puede resultar enormemente útil si posteriormente es necesario acudir al juzgado.

Por último, es importante seguir intentando cumplir el régimen de visitas.

Aunque sospeches que la otra parte volverá a incumplir, conviene acudir al lugar y a la hora establecidos para la entrega o recogida de los menores.

Si en el futuro necesitas acreditar los incumplimientos, será importante demostrar que tú sí estabas dispuesto a cumplir lo acordado.

Qué medidas pueden intentarse antes de acudir al juzgado

Cuando una persona descubre que el régimen de visitas no se está respetando, suele pensar inmediatamente en denunciar o iniciar algún procedimiento judicial.

Sin embargo, en muchos casos resulta conveniente intentar previamente una solución extrajudicial.

Esto no significa resignarse ni aceptar los incumplimientos. Tampoco implica retrasar indefinidamente una actuación judicial.

Significa intentar resolver el problema de la forma más rápida y menos conflictiva posible cuando todavía existe margen para ello.

En determinadas ocasiones, una conversación razonable entre los progenitores permite reconducir la situación.

El problema es que cuando el conflicto emocional es intenso, esa comunicación suele resultar muy difícil.

Por ese motivo, una de las actuaciones más habituales consiste en realizar un requerimiento formal a través de abogado.

Muchas veces la situación cambia cuando el progenitor incumplidor comprende que la otra parte está documentando los incumplimientos y está dispuesta a exigir judicialmente el cumplimiento de las medidas.

No son pocos los conflictos que se solucionan en este punto.

También puede valorarse la mediación familiar cuando existe una mínima voluntad de diálogo.

La mediación no es una solución mágica y no funciona en todos los casos. Sin embargo, puede resultar especialmente útil cuando los problemas derivan de dificultades de comunicación o de desacuerdos sobre la organización cotidiana de los menores.

Lo importante es entender que estas actuaciones no sustituyen las medidas judiciales cuando son necesarias.

Simplemente constituyen un intento razonable de solucionar el problema antes de iniciar un procedimiento.

Cuándo deja de ser un problema puntual y se convierte en un problema serio

Existe una pregunta que aparece con frecuencia en el despacho.

«¿cuántos incumplimientos tienen que producirse para poder hacer algo?»

La respuesta no depende únicamente del número de incumplimientos.

Depende del contexto.

No es lo mismo una visita perdida por una circunstancia excepcional que una conducta continuada dirigida a dificultar la relación entre los menores y el otro progenitor.

Por ejemplo, imaginemos que durante varios meses se producen situaciones como estas:

  • Cancelaciones constantes de visitas a última hora.
  • Negativas injustificadas a entregar a los menores.
  • Cambios unilaterales de horarios.
  • Obstáculos permanentes para la comunicación con los hijos.
  • Incumplimientos reiterados de vacaciones o periodos especiales.

Cuando estas conductas empiezan a repetirse, ya no estamos ante simples incidencias.

Estamos ante un incumplimiento sistemático del régimen de visitas.

Y en ese momento suele resultar aconsejable valorar una actuación judicial.

Cómo funciona la ejecución del régimen de visitas

Cuando existe una sentencia o un convenio regulador aprobado judicialmente y una de las partes no cumple lo acordado, la herramienta jurídica habitual es la ejecución de sentencia.

Aunque el nombre pueda sonar complejo, la idea es bastante sencilla.

No se trata de iniciar un nuevo procedimiento de divorcio ni de volver a discutir quién tiene razón.

Lo que se solicita al juzgado es que haga cumplir una resolución que ya existe. Dicho de forma simple, el mensaje que se transmite al tribunal es el siguiente:

«Existe una sentencia que regula las visitas y la otra parte no la está respetando. Solicito que se adopten las medidas necesarias para garantizar su cumplimiento.»

Este procedimiento suele iniciarse mediante una demanda ejecutiva en la que se exponen los incumplimientos producidos y se aportan las pruebas disponibles.

Por eso insistíamos anteriormente en la importancia de conservar mensajes, correos electrónicos y cualquier otro elemento que permita acreditar lo sucedido.

Muchas veces la diferencia entre una reclamación sólida y una reclamación débil está precisamente en la calidad de las pruebas aportadas.

Qué puede pedir el progenitor perjudicado en la ejecución

Una de las dudas más frecuentes consiste en saber qué puede conseguirse realmente mediante este procedimiento.

Algunas personas creen que únicamente sirve para que el juez llame la atención al progenitor incumplidor, pero la realidad es que la finalidad principal es lograr que las medidas se cumplan efectivamente.

A través de la ejecución puede solicitarse que el juzgado requiera formalmente al progenitor incumplidor para que respete el régimen de visitas establecido.

También pueden ponerse de manifiesto los incumplimientos producidos hasta la fecha y solicitar la adopción de medidas encaminadas a garantizar el cumplimiento futuro.

En función de las circunstancias concretas del caso, también puede plantearse la recuperación de periodos de convivencia que se hayan perdido como consecuencia de los incumplimientos.

No existe una solución automática aplicable a todos los supuestos.

Cada situación requiere un análisis individualizado, pero lo importante es saber que el ordenamiento jurídico no obliga a resignarse ante los incumplimientos reiterados.

¿Se pueden recuperar las visitas perdidas?

Esta es probablemente una de las preguntas más dolorosas para muchos padres y madres.

Porque cuando alguien lleva meses sin poder disfrutar de las visitas con normalidad, la sensación habitual es que ese tiempo se ha perdido para siempre.

Desde un punto de vista emocional, es cierto que ningún procedimiento judicial puede devolver exactamente los momentos que no se han vivido con los hijos.

Sin embargo, desde una perspectiva jurídica, sí es posible plantear la recuperación de determinados periodos de convivencia cuando las circunstancias lo justifican.

La viabilidad de esta posibilidad dependerá de cada caso concreto y de la valoración que realice el juzgado.

Por eso resulta especialmente importante actuar cuanto antes.

Cuanto más tiempo transcurre y más incumplimientos se acumulan, más complejo suele resultar reconstruir la situación.

¿Puede afectar a la custodia?

Llegamos a una de las cuestiones que más interés generan.

¿Puede un incumplimiento continuado del régimen de visitas acabar afectando a la custodia?

La respuesta es que sí puede tener relevancia, aunque no de forma automática.

Es importante entender que los tribunales no modifican una custodia como castigo hacia uno de los progenitores.

El criterio fundamental siempre es el interés superior del menor.

Ahora bien, cuando un progenitor desarrolla una conducta persistente dirigida a obstaculizar la relación de los hijos con el otro progenitor, esa circunstancia puede ser valorada judicialmente.

Si el comportamiento demuestra una falta de colaboración grave o está perjudicando de forma evidente a los menores, podría llegar a justificar una revisión de las medidas existentes.

Cada supuesto debe analizarse individualmente.

Pero quienes incumplen sistemáticamente las visitas suelen cometer el error de pensar que sus actos carecen de consecuencias a largo plazo.

Y eso no siempre es así.

Los errores que debes evitar si tu ex no te deja ver a tus hijos

A lo largo de los años he comprobado que muchos procedimientos se complican innecesariamente por errores que podrían evitarse desde el principio.

El primero es responder a un incumplimiento con otro incumplimiento.

Ya hemos hablado de ello, pero merece la pena insistir.

Dejar de pagar la pensión de alimentos porque no puedes ver a tus hijos no suele solucionar el problema y puede generar nuevos conflictos.

Si necesitas más información puedes consultar nuestro artículo sobre qué hacer si tu ex no paga la pensión de alimentos

El segundo error consiste en esperar demasiado tiempo.

La esperanza de que la situación mejore por sí sola es comprensible, pero muchas veces provoca que el problema se agrave.

El tercer error es actuar sin pruebas.

Muchas personas recuerdan perfectamente todo lo ocurrido, pero cuando llega el momento de demostrarlo carecen de documentación suficiente.

Y el cuarto error consiste en convertir el conflicto en una guerra personal.

El objetivo no debe ser castigar al otro progenitor. El objetivo debe ser proteger la relación con los hijos.

Cuando se pierde de vista esta idea, resulta mucho más difícil encontrar soluciones eficaces.

El interés de los hijos debe seguir siendo la prioridad

Cuando una pareja se separa es normal que existan tensiones, desacuerdos e incluso resentimiento.

Lo que no debería ocurrir es que esas diferencias terminen afectando a los menores.

Por eso los tribunales insisten constantemente en la importancia de favorecer la relación de los hijos con ambos progenitores siempre que ello sea beneficioso para ellos.

Las visitas no son un premio. Tampoco son un castigo.

Son una herramienta destinada a preservar vínculos familiares fundamentales para el desarrollo de los menores.

Y precisamente por eso los incumplimientos reiterados deben tomarse en serio desde el primer momento.

Preguntas frecuentes

Mi ex no me deja ver a mis hijos, ¿puedo llamar a la policía?

Dependerá de las circunstancias concretas. En muchos casos el problema deberá resolverse mediante las actuaciones judiciales correspondientes, especialmente cuando existe una sentencia que regula las visitas.

¿Puedo denunciar desde el primer incumplimiento?

Es posible actuar desde el primer incumplimiento, aunque no siempre será la opción más recomendable. Conviene valorar la gravedad de la situación y las posibilidades de solución extrajudicial.

¿Qué pruebas debo guardar?

Mensajes, correos electrónicos, capturas de pantalla, comunicaciones entre los progenitores y cualquier elemento que permita acreditar los incumplimientos producidos.

¿Qué ocurre si mi hijo dice que no quiere venir conmigo?

Cada caso debe analizarse individualmente. La opinión de los menores puede ser relevante, pero no basta por sí sola para justificar cualquier incumplimiento del régimen de visitas.

¿Puede perder la custodia quien incumple las visitas?

No existe una consecuencia automática. Sin embargo, los incumplimientos graves y reiterados pueden ser valorados judicialmente en procedimientos de modificación de medidas.

Si necesitas asesoramiento

Si tu ex no te deja ver a tus hijos o estás sufriendo incumplimientos continuados del régimen de visitas, es importante analizar el caso cuanto antes para valorar cuál es la estrategia más adecuada.

Cada situación familiar es diferente y las soluciones también deben serlo.

Si necesitas asesoramiento jurídico, puedes contactar con nosotros. Estudiaremos tu caso y te ayudaremos a proteger la relación con tus hijos utilizando las herramientas legales más adecuadas para tu situación.